La Secretaría de Salud, a través de la Comisión Estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios de Sinaloa (Coepriss), impuso sello de suspensión de actividades por riesgo sanitario a un centro de rehabilitación de drogas denominado “Unidad de Recuperación Grupo Huizachez” ubicado por la calle Mina Pánuco número 1355 en la colonia Huizachez.

El comisionado Jorge Alan Urbina Vidales informó que la medida de seguridad sanitaria se aplicó de manera parcial para que subsanen en veinte días las observaciones encontradas por los verificadores y que deben traducirse en el cumplimiento de las normas sanitarias en beneficio de las personas que usen estos servicios.

Explicó que al cumplirse este plazo se les hará una nueva revisión y de acreditarla pueden reanudar sus actividades.

“Tenemos un calendario permanente de visitas a este tipo de establecimientos con el propósito de suspender las operaciones, de manera total o parcial, en aquellos centros que incumplen las normas sanitarias y los requisitos establecidos en la NOM-028-SSA2-2009 para la prevención, tratamiento y control de las Adicciones”, precisó.

Jorge Alan Urbina Vidales expuso que estas visitas son para garantizar que la prestación de estos servicios no represente un riesgo sanitario para las personas que buscan tratamiento por el uso, abuso o dependencia al alcohol, tabaco y otras drogas.

El área de regulación de servicios e insumos para la salud realiza la evaluación de los centros de rehabilitación considerando los puntos o inconsistencias encontradas al momento de la verificación en una clasificación de faltas críticas, mayores o menores.

“Lo primero que revisamos es que el consultorio cuente con aviso de funcionamiento y permiso de responsable, según el tipo de modelo conforme a lo que contempla el artículo 200 Bis de la Ley General de Salud”, explicó.

Explicó que se colocó sello de suspensión por riesgo sanitario en una puerta de la oficina del centro de Huizachez porque, entre los puntos observados, se encontró que no cuentan con consultorio médico para atención de usuarios, no tienen psicólogo, no tienen expedientes clínicos de los internos y por lo tanto no tienen control de los medicamentos suministrados.

Lo anterior es crítico, dijo, porque la norma indica que todo usuario que ingrese al establecimiento debe ser valorado por un médico en un periodo no mayor de 48 horas y en caso de que alguna persona acuda al establecimiento con un grado severo de intoxicación o con síndrome de abstinencia o de supresión, se debe referir inmediatamente a servicios de atención profesional.

Los centros también deben notificar cada nuevo ingreso con periodicidad al SISVEA, órgano oficial en materia de adicciones, con el objetivo de generar información actualizada del comportamiento epidemiológico sobre consumo de drogas para cada nuevo ingreso registrado. “Una de las observaciones es precisamente que no encontramos evidencia de la notificación que se realiza en formatos específicos”, dijo.

El comisionado explicó que el centro suspendido no presentó la guía operativa de referencia y contra referencia a otros establecimientos con mayor complejidad, no cuenta con comprobante para el control y erradicación de fauna nociva, y no tiene contrato de empresa recolectora de residuos peligrosos biológico infecciosos.

Finalmente, Jorge Alan Urbina Vidales exhortó a la población a denunciar en la Coepriss situaciones de irregularidades sanitarias en la atención que se recibe en los establecimientos residenciales de tratamiento contras las adicciones porque el propósito fundamental de estas verificaciones es proteger a los usuarios de cualquier riesgo sanitario y contribuir a la mejora en la calidad de los servicios.

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